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  • Militares en caso jesuita: ¿chivos expiatorios?

     

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

     

    El asesinato de los jesuitas nos conduce a la pregunta fundamental: ¿Quiénes son los autores intelectuales?...  en nuestra nación ese proceso judicial  cometió fallos: los nombres de los implicados fueron en un inicio obstruidos, agreguemos que veintiséis años después se agudizan las  contradicciones entre la justicia nacional e internacional por la interpretación de normas signadas en foros internacionales, al igual que la lectura de la caso de la Corte Suprema de Justicia en nuestra nación, etc., el resultado es un laberinto de incertidumbre donde los implicados no tienen culpa territorial, pero fuera de la nación son perseguidos por la Interpol, el final de este capítulo histórico es predecible, acá no pasará nada, aunque el mundo reclame justicia… -en realidad espero equivocarme-.

    El crimen de los sacerdotes jesuitas recuerda una acción de Napoleón Bonaparte, referida por el Duque de Otranto en el libro Memorias de Fouché 1759-1820, en esa ocasión Napoleón Bonaparte afirmó: “es preciso aterrorizar o perecer” … el caso fue el siguiente: el arresto del príncipe Duque de Enghien (quien) fue capturado y ejecutado por un Consejo de Estado (napoleónico), concluyó en una  ejecución realizada con saña y en circunstancias atroces; así mientras algunos personajes moderados esperaban el perdón de su vida, la noticia solo confirmó la fatalidad, según Fouché: “a Bonaparte le pareció indispensable aquel golpe de Estado para atemorizar Europa y destruir todos los gérmenes de conspiración contra su persona. La indignación que yo había previsto estalló del modo más sangriento. No fui yo, por cierto, quién expresó con menos paliativos sobre este atentado, que atropellaba el derecho de las naciones y de la humanidad. “¡Es doble mal, porque es un crimen y una equivocación!” Memorias de Foché / Joseph Fouché -- España: Desván de Hanta, 2015 pág 175.

    Esa historia nos recuerda el asesinato de los jesuitas, puesto que es un símbolo de “un crimen y una equivocación” como lo afirmó Fouché. Los académicos actuales usan el concepto de “Chivo expiatorio” así: “se utiliza la expresión para denominar a aquél que ha pagado las culpas de otra persona o grupo, librando a estos de represalias. También es posible que la persona víctima de éste fenómeno termine mintiendo su efectiva responsabilidad para aliviar la situación pidiendo una especie de perdón o porque recibió una amenaza coactiva, lo que a veces la empeora y hace difícil encontrar la verdad confundiéndose a la víctima como victimario. En Sociología, el término se utiliza para designar a una persona o grupo por el cual los más afectados por la frustración redirigen su agresión. Un chivo expiatorio también es conocido como Cabeza de turco” –wikipedia-.

    De no encontrar al autor(es) intelectual(es) el proceso contra los militares salvadoreños involucrados en ese procedimiento, terminará en un apacible final de los acusados, nunca sabremos la verdad, algunos libros incluso parecen develar esa situación: “nuestro buen nombre y reputación dependen más de lo que ocultamos que de lo que revelamos. Todo el mundo comete errores, pero quienes son realmente hábiles y sagaces se las arreglan para ocultarlos y hacer que otros carguen con la culpa. En tales momentos, siempre se debiera tener a mano un oportuno chivo expiatorio”. Poder /Robert Greene. Buenos Aires: Atlántida, 1999. – pág 259

     

     

     

     

     

  • Nuevo Pacto de Paz 2016

     

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

     

    Después de veinticuatro años, el Acuerdo de Paz aún es una meta por alcanzar, en realidad no tenemos paz. Si consideramos nuestra realidad en este momento, en relación a 1992 efectivamente tenemos logros, porque nadie es asesinado por su opción política, pero esa integración social no es suficiente, aún existen fanáticos clamando la extinción de los adversarios a través de asesinatos administrativos (muertes civiles, políticas, cibernéticas etc).

    En el modelo capitalista el sector privado es una fuerza fundamental para construir una nación, siempre y cuando su vocación sea la democracia económica y su opción política a favor de las mayorías, así coincidiría el momento histórico de la nación, con un mercado estable y de amplia movilidad social.

    Es evidente que el sustrato que cohesiona al mercado (capitalista) es la iniciativa privada, señalando que no existe libertad económica si no existe libertad política, ambas coinciden en generar derechos, de ahí la importancia de acuerdos económicos, desafortunadamente este capítulo aún sigue olvidado por el sector privado, en pocas palabras no existe modernización de las estructuras tradicionales del siglo pasado.

    El Acuerdo de Paz de Chapultepec tenía como base la reconciliación y la reconstrucción, así fue afirmado por Boutros Boutros Ghali en su discurso del 16 de enero de 1992, lo cual en este momento deberíamos de evaluarlo en toda su extensión.

    Al cumplir 24 años del Acuerdo de Paz, recordemos sus palabras “…Se dará a las fuerzas armadas un papel claramente subordinado a las autoridades civiles, proporcionado a sus responsabilidades como se redefinen en la nueva Constitución. Las fuerzas armadas se modernizarán, reformarán y reestructurarán en consecuencia. El poder Judicial será reformado y reforzado y se fortalecerá su independencia con la disposición de que un porcentaje del presupuesto de la nación sea automáticamente asignado a él. En el Tribunal Electoral participarán personas que no estén afiliadas a ningún partido político y el sistema será revisado para hacerlos más confiable que antes. Se han acordado principios y directrices en lo que respecta a las cuestiones económicas y sociales, incluso aquellas relativas a la tierra y se han establecido mecanismos para el seguimiento de estos asuntos…” “Los nuevos retos que platean el establecimiento, el mantenimiento y el fortalecimiento de la paz en nuestros tiempos hacen necesario que demos más atención a los nexos entre los aspectos internacionales e internos de la seguridad, al cumplimiento de los principios de legitimidad, democracia e imperio de la ley en el manejo de los asuntos internacionales y nacionales y a las interrelaciones que hay entre la paz, el desarrollo y la libertad…”.

    Los conceptos son vigentes y nos recuerdas las deudas que vivimos en la administración de la justicia, la intervención en el TSE, los acuerdos económicos, etc.

    Ahora la realidad nos obliga a la evaluación de esos acuerdos de 1992 y un nuevo pacto nacional para el Siglo XXI, quizás con vigilancia internacional, porque de otra forma esas buenas intenciones solo serán eso… esperanzas fallidas.

    Un nuevo pacto de paz para éste siglo es urgente y aunque parece extremo el arbitraje internacional, siempre será preferible al retorno de la fatalidad en las próximas décadas.  

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  • Obama: “EEUU es cada inmigrante…”

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    De pronto la discusión centroamericana se traslada a la Suprema Corte de Estados Unidos, el destino de aproximadamente cuatro o cinco millones de emigrantes indocumentados se traslada a una decisión de amnistía, un nuevo trabajo temporal, o la ingrata deportación de familias refugiadas en aquella nación del norte.

    Es significativo que entre las naciones con mayor proporción de afectados se encuentran familias de salvadoreños, guatemaltecos, hondureños etc. países que sufrieron una guerra contrainsurgente entre el 20 de enero de 1981 hasta el 20 de enero de 1989 impulsada por la administración republicana de Ronald Reagan, en nuestro caso esos años fueron los peores del conflicto civil que originó la emigración masiva, de estas situaciones hablamos cuando preguntan diversas instituciones por nuestros compatriotas residentes en Estados Unidos; si agregamos los terremotos del 13 de enero y 13 de febrero de 2001 que destruyó una gran parte de infraestructura nacional, unido a la terrible corrupción que negó la ayuda a los damnificados de la República de China Taiwán, anotando las deportaciones durante los años 2004 y 2009 fueron de 219,251; en el año 2010 29,187; 2011 25,336; 2012 31, 174 y durante 2013 19,265, según fuentes del Departamento de Seguridad Interna (DHS, en inglés), adscrito al ICE, (Departamento de Migración y Aduanas), el total entre 2004-2013 fue 324,213 salvadoreños, éste es un factor desestabilizador por la cantidad de personas con antecedentes delictivos que crearon un clima de violencia permanente; podemos comprender que éste fenómeno implica una compleja solución internacional que no solo pertenece a nuestra nación.

    Anotemos las causas: violencia (interna y externa), terremotos, corrupción y la política norteamericana sobre la emigración centroamericana, la cual obedece a los intereses de la administración de turno, así: la correlación de fuerzas en el Congreso, el período electoral, el discurso de los candidatos presidenciales etc. de esa forma nos encontramos estudiando las leyes externas e intercediendo por amnistías o prolongación de trabajos temporales (TPS) para nuestros compatriotas, la decisión sobre nuestro destino seguirá la lógica de la voluntad de Estados Unidos de América, nuestra región ni siquiera es tomada en cuenta para resolver este problema, a pesar de importantes proyectos como Fomilenio, FIAES, cooperación para el desarrollo, por lo tanto la realidad material continúa promoviendo la expulsión de nuestros compatriotas.

    Cuando el presidente Obama promueve una acción a favor de los emigrantes, convoca al espíritu que originó la grandeza de los Estados Unidos, resuelve una deuda con la historia para las futuras generaciones al garantizar la educación y el porvenir de millones de seres humanos, es un acto memorable para la humanidad. Obama afirmó el 12ENE016 en el Congreso: “los inmigrantes no son los responsables de que no suban los sueldos, son decisiones corporativas”, “EEUU es cada inmigrante y empresario desde Boston hasta Austin buscando mejorar el mundo”; quizás la mejor decisión al problema migratorio es una Amnistía o una ampliación del Trabajo Temporal a las miles de familias, a pesar que la “reforma migratoria” este quebrada; si el presidente Obama ha solicitado al congreso el fin del embargo a Cuba, ¿por qué no brindar la oportunidad a miles de familias centroamericanas, en una nueva legalidad en el siglo XXI?

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  • Deportaciones de Estados Unidos a El Salvador 2016

     

    César Ramírez                                                                                                  

    @caralvasalvador

     

    Nuestros pueblos son (obligados) emigrantes, similar al pueblo de Estados Unidos de América.

    Los anuncios realizados por las autoridades norteamericanas causan alarma entre miles de salvadoreños residentes en esa gran nación, la llegada de cientos o miles de compatriotas ocurrirá inevitablemente, como ocurren las noches más oscuras en tiempos invernales. Nuestra emigración es debida a la falta de oportunidades económicas, de esa forma las familias se arriesgan a cualquier peligro, no importa nada, ni la administración gubernamental de hace treinta años, ni la guerra, ni los peligros del desierto, ni nada, lo mismo es morir de hambre acá por exclusión histórica que morir en el intento por una mínima oportunidad del sueño americano; de esa manera la vida del emigrante es una respuesta política a la realidad nacional, la cual no tendrá fin si no cambian los motivos originarios de la pobreza, esta es la injusta estructura social que vivimos y viviremos por generaciones si no resolvemos las condiciones económicas de la nación.

    Las deportaciones de los salvadoreños causan pavor, si consideramos esos fríos números como vidas humanas: Las expulsiones de Estados Unidos hacia El Salvador entre el año 2004 y 2009 fueron de 219,251; en el año 2010 29,187; 2011 25,336; 2012 31, 174 y durante 2013 19,265, según fuentes del Departamento de Seguridad Interna (DHS, en inglés), adscrito al ICE, (Departamento de Migración y Aduanas), así el total entre 2004-2013 fue 324,213 salvadoreños.

    La proyección de 2013 para el año 2014 fue potenciada por el dato que 90,000 niños aumentarían las cifras por su llegada a Estados Unidos, así para el año 2015 el cálculo aproximado sería de 142,000 de los cuales la mayoría son guatemaltecos, hondureños y salvadoreños.

    Mientras tanto la ICE para el año (2014-2015) reveló “que entre el 1 de octubre de 2014 y el 31 de agosto de 2015 habían sido deportados 214,264 indocumentados, y de ellos 126,283 (equivalentes al 58.89%) tenía antecedentes criminales. “El resto, 87,981 (equivalente al 41,1%) no tenía antecedentes”, y además: “la proyección para los restantes 30 días del año fiscal 2015, estimada en 19,478, indica que al 30 de septiembre (fecha término del año fiscal 2015) la cifra alcanzaría los 233,742 deportados, un 27% menos que las deportaciones registradas en 2014 que sumaron 315,953” –Univisión-.

    La situación es una crisis humanitaria para Centroamérica, las deportaciones obligaron a El Salvador a recibir a grupos criminales organizados en pandillas hace más de dos décadas, lo cual permitió la regionalización de estructuras terroristas, ahora son una verdadera amenaza para la seguridad nacional desde México hasta Centroamérica; en aquellos años ninguna nación estaba preparada para combatir éstas modalidades delictivas, aún ahora el panorama es poco alentador, y aunque no todos los deportados son delincuentes algunos si llegan organizados criminalmente desde Estados Unidos.

    Muchos deportados honrados no tienen ninguna oportunidad en El Salvador, así como llegaron así retornarán a riesgo de su vida, como las novelas heroicas de caballería: batallas perdidas, celdas comunes, dinero extraviado, degradación de seres humanos o historias que solo pueden describirse como crímenes contra la humanidad.

    La única solución es multinacional, similar a las acciones de la Unión Europea con los refugiados Sirios, en conclusión: Centroamérica merece una oportunidad humanitaria.

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  • Justicia en 2016 desde el 2015

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    Los acontecimientos más sintomáticos de la sociedad salvadoreña acontecen por esa lucha de interpretación política que niega cualquier otra opción, es tiempo de evaluar el comportamiento y alejarlo del fanatismo político, religioso, jurídico o del sectarismo capitalista excluyente etc. para comprender la realidad social. Durante el primer trimestre del año las elecciones de la Asamblea Legislativa atraparon la mayoría de los instrumentos de comunicación social, llegando a la saturación de los espacios comerciales mucho antes del evento electoral, el famoso voto cruzado aprobado apenas semanas antes causó un desastre en la voluntad de los ciudadanos que se hicieron presentes en las juntas de vigilancia, luego existieron protestas por el recuento de votos e incluso un fallo de la Sala Constitucional para la revisión de voto por voto solo confirmó el resultado inicial; la derecha no logró la mayoría de diputados y la conformación de la Asamblea Legislativa presidida por el FMLN logró consolidar la gobernabilidad el resto del año 2015; de ésta condición leemos el agotamiento de las estrategias mediáticas tradicionales, la lectura jurídica de Sala Constitucional interviniendo incluso en áreas que no son de su jurisdicción, no obstante fueron acatadas por las otras instituciones. En el segundo trimestre existió la ausencia de la Asamblea Legislativa la cual no se reunió para iniciar su período y sin necesidad de convocatoria el día primero de mayo de la elección de sus miembros como lo ordena el art. 122 Cn. Así se creó un antecedente histórico: “la ausencia orgánica de la Asamblea Legislativa en democracia”, otros casos como éste sucedieron con los Golpes de Estado del siglo pasado. Es difícil calificar este evento como avance o retroceso, pero no favorece la gobernabilidad ni tampoco la estabilidad republicana. El tercer trimestre el Caso CEL- ENEL caracterizado como “peculado culposo”, el cual es cometido por un funcionario con bienes dispuestos bajo su cuidado (Wikipedia). Se consideró que los exfuncionarios dañaron al Estado por $ 1,842 millones -Fiscalía (ENE015)– pero luego el monto se redujo a $148 millones-… después el monto desapareció, también las acusaciones el mes de julio de 2015; parece que la Justicia se burla de nuestra inteligencia. Hacia el cuarto trimestre la lectura del juicio contra el expresidente Francisco Flores, el cual el 04DIC015 el juez Séptimo de Instrucción Miguel Ángel García apostilló sobre el lavado de dinero: “La acción típica de peculado (apropiarse de fondos públicos) preliminarmente atribuida al procesado no concluye con el hecho que haya desviado el destino original de los $10 millones”, incluyendo de esa manera los siguientes delitos contra el expresidente Francisco Flores: peculado, enriquecimiento ilícito, desobediencia de particulares y lavado de dinero. El 18DIC015 la Cámara Primera de lo Penal aceptó un recurso de nulidad contra la sentencia emitida contra el expresidente Francisco Flores anulando los delitos de lavado de dinero y activos, decretando arresto domiciliar en lugar de la reclusión en bartolina policía. La aritmética jurídica nos indica de nuevo números negativos. Finalmente el bloqueo a la emisión de $900 millones para la seguridad nacional por un recurso inconstitucional, el cual permanece en latencia indefinida y además la negación a pagar impuestos por los grandes capitales y otras empresas etc no ayuda en nada a nuestro optimismo… el 2016 es predecible.

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  • Dicen que la justicia es ciega

     

     

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    Sobre el lavado de dinero la Federal Financial Institutions Examination Council’s (FFIEC) BSA/AML, reseña en su Manual de Inspección Antilavado de Dinero (AML)/Ley de Secreto Bancario (BSA) del Consejo Federal de Inspección de Instituciones Financieras (FFIEC) lo siguiente: “El lavado de dinero es un proceso que puede comprender diversas técnicas y estrategias. Pero el fin último es “lavar” el dinero a través de una serie de transacciones, estas transacciones están diseñadas para ocultar los rastros documentados que conducen al delito original. Las personas que lavan el dinero mueven el producto del delito, o dinero sucio, a través del sistema financiero mundial, en un esfuerzo por “limpiar” el dinero, de modo que parezca haber sido obtenida en forma legítima”, éste fragmento fue publicado el 12NOV015 en Colatino; el 04DIC015 el juez Séptimo de Instrucción Miguel Ángel García apostilló sobre el lavado de dinero: “La acción típica de peculado (apropiarse de fondos públicos) preliminarmente atribuida al procesado no concluye con el hecho que haya desviado el destino original de los $10 millones”, incluyendo de esa manera los siguientes delitos contra el expresidente Francisco Flores: peculado, enriquecimiento ilícito, desobediencia de particulares y lavado de dinero. El 18DIC015 la Cámara Primera de lo Penal aceptó un recurso de nulidad contra la sentencia emitida contra el expresidente Francisco Flores anulando los delitos de lavado de dinero y activos, decretando arresto domiciliar en lugar de la reclusión en bartolina policía. El resultado de éste proceso implica conceptos internacionales sobre la caracterización de “lavado de dinero”, la meta es ocultar el dinero y la procedencia del mismo, en este escenario de no ser por la mención del Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) por los instrumentos legales de Estados Unidos, nadie se entera del mecanismo de las transacciones financieras de más de $10 millones del Gobierno de Taiwán a El Salvador, los cuales nunca se registraron en el erario público, según fuentes de cancillería el 10ENE014. El lavado de dinero tiene por objetivo desaparecer el dinero por medio de transacciones internacionales sigilosas... El Manual de Inspección Antilavado de Dinero (AML) anota: “El primer paso del lavado de dinero consiste en la “colocación” del dinero en instituciones financieras tales como negocios de servicios de dinero: bancos corredores de valores, casinos, etc., una vez que los criminales “colocan” el dinero en las instituciones bancarias, el mismo pasa “encubierto” al sistema financiero a través de transacciones financieras tales como: retiros bancarios, transferencias por cable y la compra de instrumentos monetarios. El último paso del lavado de dinero es la “integración” de tal dinero a la economía mediante la compra de artículos tales como: botes, casas, automóviles y comercios”…la procedencia de éstos fondos no eran legales, si tenían por objetivo la ayuda a los refugiados del terremoto de 2001 pero nunca llegaron a su destino, entonces estaba fuera de todo el marco jurídico nacional e internacional, por lo tanto es ilegal. Dicen que la justicia es ciega, pero acá distingue muy bien el color del dinero.

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  • Prescripción: ¿derecho a los bienes ajenos?

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    Prescribir: Der. Adquirir un derecho real por el transcurso del tiempo en las condiciones previstas por la ley. Un término que implica presuntos delitos que ahora tiene mayor relevancia mediática y política, esta lectura divide a la clase política así como a la opinión pública. Veamos como refieren los académicos: “La prescripción [   es un instituto jurídico por el cual el transcurso del tiempo produce el efecto de consolidar las situaciones de hecho, permitiendo la extinción de los derechos o la adquisición de las cosas ajenas. En el Derecho anglosajón se le conoce como statute of limitations. Muchas veces la utilización de la palabra prescripción en Derecho no se limita a la acepción de prescripción extintiva o liberatoria, mediante la cual no se pierde el derecho de ejercer una acción por el transcurso del tiempo”. "El tiempo lleva a la consolidación de cierto derechos o a la pérdida de los mismos". –wikipedia- con estas modestas líneas nos encontramos ante diversos panoramas, tanto a nivel nacional como internacional, además existen delitos que no prescriben. Nuestra constitución de 1983, en el Título VIII Responsabilidad de los funcionarios públicos, art. 240 Los funcionarios y empleados públicos que se enriquecieren sin justa causa a costa de la Hacienda Pública o Municipal, estarán obligados a restituir al Estado o Municipio lo que hubieren adquirido ilegítimamente, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido conforme a las leyes. Se presume enriquecimiento ilícito el aumento del capital del funcionario o empleado, desde la fecha en que haya tomado posesión de su cargo hasta aquella en que haya cesado en sus funciones, fuere notablemente superior al que normalmente hubiere podido tener en virtud de los sueldos y emolumentos que haya percibido legalmente, y de los incrementos de su capital o de sus ingresos por cualquier otra causa justa. Para determinar dicho aumento, el capital y los ingresos del funcionario o empleado, de su conyugue y de sus hijos, se considerarán en conjunto. Los funcionarios y empleados que la ley determine están obligados a declarar el estado de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo a los incisos anteriores, dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que tomen posesión de sus cargos. La Corte tiene facultad de tomar las providencias que estime necesarias para comprobar la veracidad de la declaración, la que mantendrá en reserva y únicamente servirá para los efectos previstos en este artículo. Al cesar en sus cargos los funcionarios y empleados aludidos, deberán hacer nueva declaración del estado de sus patrimonios. La ley determinará las sanciones por el incumplimiento de esta obligación. Los juicios por enriquecimiento sin causa justa sólo podrán incoarse dentro de diez años siguientes a la fecha en que el funcionario o empleado haya cesado en el cargo cuyo ejercicio pudo dar lugar a dicho enriquecimiento… De tal forma que la constitución no solo fija un plazo, sino que determina la comprobación de la veracidad – ¡por otras instituciones!-… llama la atención la selección de exfuncionarios con filiación política de un partido, mientras sus homólogos son ignorados, así nos encontramos con doble lectura del mismo texto, situación que permite legalmente a exfuncionarios y exfuncionarias la evasión legal por prescripción… ¡sorprendente!, ¿y si prescribir fue planificado?... En todo caso una nueva ley es urgente, a menos que se faculte el nuevo derecho a los bienes ajenos al prescribir el tiempo constitucional.

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