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Science - Page 15

  • Amparo constitucional contra intereses en tarjetas de crédito

     

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    Escuchando la brillante declaración del Ministro de Hacienda Carlos Cáceres en una reciente entrevista, reparé sobre el amparo constitucional sobre los intereses de las pensiones, el cual ha sido objeto de una serie de rangos de percentiles que significan nada menos que $50 millones por cada elevación porcentual, lo cual significa un “ajuste económico” por decretos legislativos o fallos jurídicos (en la Sala Constitucional) sobre una determinación económica.

    Aquellas palabras recuerdan otros intereses que podrían “determinarse” de la misma manera, entre ellas: tarjetas de crédito, todo tipo de préstamos bancarios, en general todo mecanismo del sistema financiero a fin de cuentas es lo mismo, capital e intereses, así funciona el sistema capitalista nacional e internacional.

    En mi opinión un amparo constitucional sobre todo tipo de interés financiero debe ejecutarse en forma similar al movimiento que se desarrolla sobre el interés de las pensiones, ¿porque los intereses de las tarjetas de crédito no son discutidos en público? ni en Asamblea, tampoco son motivo de campañas publicitarias, o instrumentalizados políticamente; simplemente el tarjetahabiente recibe en una fecha del mes un aumento de cobros especificados más o menos así: manejo bancario, uso de tarjeta, membresía, trámites on line, intereses –no especificados- etc. los cuales debe pagar y sin discusión. Según nota de prensa de La Asamblea Legislativa del 27 de enero de 2016: entre los años 2010 y 2015, se recibieron 1,678 denuncias y 10 avisos de infracción relacionados con tarjetas de crédito; hasta la fecha, precisó, el 76.34% de denuncias recibidas ya se resolvió a través de medios alternos de solución (avenimiento y conciliación) y sólo un 14.78% de las denuncias están en proceso de trámite en el Tribunal Sancionador. “Se ha recuperado un total de $548,731.75, en denuncias resueltas a favor de los consumidores”… “Asimismo, consideró que es necesario establecer la facultad al Banco Central de Reserva (BCR), para que pueda exigir la información de las operaciones crediticias al universo de entes económicos, para contar con mayor información sobre las tasas máximas de intereses anuales que se aplican en el mercado”.

    Si hablamos de tarjetas de crédito, usualmente hablamos de personas responsables (quienes no pagan son las excepciones), al igual que las pensiones, todos los trabajadores depositan (o remiten) sus ahorros a una cuenta mes a mes (excepto los desempleados), pero ¿acaso no es el mismo caso? Dinero e intereses, bancos-AFP y trabajadores, créditos (activos) y capital, de tal forma que regular los intereses de una y otra forma no debe ser excluyente.

    El acceso a información o gestión sobre los intereses del capital, debe ser tratado sobre “realidades” y no por “intereses políticos o financieros”, hablamos entonces de lo posible, ni abusos del cobro de intereses, ni manejo político sobre la economía, puesto que tal acción apertura un precedente jurídico contra todo el sistema financiero.

    Es necesario entonces hablar de protección a los usuarios-trabajadores y responsabilidad del sistema financiero y AFP, si el sistema está en crisis, concretamente en financiamientos negativos que no ayudan al desarrollo nacional, las soluciones deben concluir en la racionalidad, de tal forma que acercar posiciones sobre el tratamiento al problema de las pensiones y los intereses bancarios no debe confundirse con proclamas para “ahogar económicamente al Estado”, ese es un argumento miserable que castiga a todo el pueblo. Bajo ese criterio los intereses del sistema financiero también son inconstitucionales e injustos.

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  • ¿Justicia es venganza? Caso Jesuita

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

     

    En nuestra historia los grandes eventos sociales connotan el sentido de la justicia que interpretan los sectores involucrados, los poderosos grupos económicos tienen una versión dominante mientras las clases sociales más vulnerables usualmente son silenciadas por la represión, las leyes o la exclusión que usualmente no es juzgada sino justificada.

    Aún conservo en mi memoria aquellos vivos llamados para asesinar a los sacerdotes jesuitas en noviembre de 1989, esos mensajes fueron divulgados en cadena nacional de radio; un desfile de secuaces vociferantes clamaban eliminar a los comunista con sotana, pero eso no quedaba ahí, sabíamos que el mensaje era claro: maten a todos los comunistas que encuentre en cualquier sitio de la ciudad, campo, iglesia, cantón etc.; para proclamar ese atropello se necesitó un ejército dispuesto a defender los intereses políticos más poderosos de la nación y así sucedió.

    Han pasado dos décadas de aquella acción, la cual significó la muerte del Consejo Superior de la UCA, como también de cientos de miles de salvadoreños sin distinción, la mayoría aún sin tumba para unas flores, sin justicia y en completo olvido.

    A partir del Acuerdo de Paz 1992, Amnistía, nueva legalidad y las reformas, cambiaron a favor de la institucionalidad democrática, pero debemos indicar un elemento crucial en esta situación, la existencia de “un antes” y “un después” para el Ejército Nacional; podemos afirmar que a partir de esa fecha un nuevo ejército participa de la vida nacional, con una visión diferente a la que tradicionalmente ejercía: “la defensa de la oligarquía y su impunidad”, de ahí surge la visión reciente de las antiguas clases militares, de esa interpretación del siglo pasado, así podemos comprender el llamado del Colegio de Generales, las declaraciones de los antiguos jefes, así como sus grupos afines que recuerdan horrorosos eventos que derramaron tanta sangre en nuestra nación… ellos no aceptan las acciones de la justicia internacional tanto de Estados Unidos como en el Reino de España; para el pueblo llano esto solo significa soluciones militares: dictaduras y Golpe de Estado.

    El mensaje de los generales del viejo ejército es claro, el alcance de sus declaraciones no solo involucra al Estado sino al Nuevo Ejército surgido del Acuerdo de Paz, es una real amenaza a la democracia, con una resuelta negación a la justicia internacional.

    Quizás el problema esencial del canto de los generales del viejo ejército, es el ejercicio de la impunidad, amparados en las viejas constituciones, el mecenazgo oligárquico, su sed de poder, etc., es la justificación de la violencia contra todo comunista (bueno o malo, con sotana o sin sotana, aristócrata o plebe, demócrata, intelectual, antifascista etc.)… no obstante Estados Unidos deportará a un militar involucrado en estos acontecimientos, mientras tanto en España los familiares reclaman justicia por sus familiares.

    El caso se convierte en un examen para la democracia, la Corte Suprema de Justicia fijará una posición ineludible, que dará un fallo histórico sobre la impunidad, cualquiera que sea el fallo, la democracia enfrentará a la verdad, en nuestra nación la injusticia es usual, así hemos vivido por generaciones; no obstante en el Siglo XXI podemos afirmar: “no hay una cosa peor que la injusticia, y es la justicia sin espada en la mano. Cuando el derecho no es la fuerza, es el mal. Oscar Wilde.

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  • Caso jesuita: crimen de lesa humanidad

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    El asesinato de los sacerdotes jesuitas, debe considerarse en el marco de una guerra civil, esencialmente una conspiración, un acto militar, sin olvidar que las guerras también tienen límites, tratados, convenciones etc., que identifican las reglas del conflicto que deben respetar los derechos humanos.

    Entre los tratados según la fundación acción pro derechos humanos tenemos: “Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (9 de diciembre de 1948); Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad (26 de noviembre de 1968); Principios de cooperación internacional en la identificación, detención, extradición y castigo de los culpables de crímenes de guerra, o de crímenes de lesa humanidad (3 de diciembre de 1973); Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (17 de julio de 1998)” etc. en su apartado: Procesos judiciales y Comisiones de la Verdad enuncia: “Y Las graves violaciones de derechos humanos que constituyen crimen de genocidio, crimen contra la humanidad o crimen de guerra han dado lugar a diferentes procesos penales así como a la constitución de diferentes comisiones de investigación o (denominadas con frecuencia "Comisiones de la Verdad") para el esclarecimiento histórico de los autores, los responsables y las circunstancias en que dichos crímenes y violaciones de los derechos humanos fueron cometidos”. Justamente   en su capítulo: Persecución e Investigación de crímenes de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra (Procesos judiciales y Comisiones de la Verdad), menciona el proceso judicial en España sobre el caso jesuita.

    Cuando se caracteriza el caso jesuita como crimen de lesa humanidad se refieren a los criterios de: asesinato, exterminio, deportaciones forzosas, tortura etc, además persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, etc, y parte de un ataque generalizado o sistemáticos contra la población civil, con conocimiento de dicho ataque.

    La justicia en El Salvador es ambigua en este caso, los imputados son inocentes en nuestro territorio pero fuera de nuestras fronteras son requeridos por la justicia de otra nación, así Estados Unidos de Norteamérica avala la deportación de un jefe militar y el Reino de España por medio de un acto judicial pide la captura de militares salvadoreños; algo muy malo debe suceder en nuestra justicia para oponerse a las leyes internacionales y no se trata de un carácter ideológico, sino de la acción de la comunidad jurídica internacional, de tal forma nos implica el caso, que una solución podría ser una corte internacional para garantizar un juicio justo, tanto a los implicados como a los ofendidos en sus derechos humanos.

    En nuestro medio social, toda acción social es interpretada bajo el signo de comunismo o anticomunismo, oligarquía y proletariado, rojo o blanco, cristianos o ateos etc. en una larga serie de dicotomías que no ayudan en nada a solucionar los problemas de nuestro empobrecido país, el colmo es la afirmación de algunos sectores: “tomarán las armas” por la captura de algunos militares requeridos por la justicia internacional… me parece que conociendo la trayectoria de la Corte Suprema de Justicia y en especial la Sala Constitucional, acá no pasará nada… ni el fin del mundo para nadie, incluyendo los crímenes de lesa humanidad; si me equivoco, tampoco sucederá nada, la guerra nos dejó ciegos de amenazas… dejemos que las instituciones funcionen.

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  • Prescripción: ¿derecho a los bienes ajenos?

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    Prescribir: Der. Adquirir un derecho real por el transcurso del tiempo en las condiciones previstas por la ley. Un término que implica presuntos delitos que ahora tiene mayor relevancia mediática y política, esta lectura divide a la clase política así como a la opinión pública. Veamos como refieren los académicos: “La prescripción [   es un instituto jurídico por el cual el transcurso del tiempo produce el efecto de consolidar las situaciones de hecho, permitiendo la extinción de los derechos o la adquisición de las cosas ajenas. En el Derecho anglosajón se le conoce como statute of limitations. Muchas veces la utilización de la palabra prescripción en Derecho no se limita a la acepción de prescripción extintiva o liberatoria, mediante la cual no se pierde el derecho de ejercer una acción por el transcurso del tiempo”. "El tiempo lleva a la consolidación de cierto derechos o a la pérdida de los mismos". –wikipedia- con estas modestas líneas nos encontramos ante diversos panoramas, tanto a nivel nacional como internacional, además existen delitos que no prescriben. Nuestra constitución de 1983, en el Título VIII Responsabilidad de los funcionarios públicos, art. 240 Los funcionarios y empleados públicos que se enriquecieren sin justa causa a costa de la Hacienda Pública o Municipal, estarán obligados a restituir al Estado o Municipio lo que hubieren adquirido ilegítimamente, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido conforme a las leyes. Se presume enriquecimiento ilícito el aumento del capital del funcionario o empleado, desde la fecha en que haya tomado posesión de su cargo hasta aquella en que haya cesado en sus funciones, fuere notablemente superior al que normalmente hubiere podido tener en virtud de los sueldos y emolumentos que haya percibido legalmente, y de los incrementos de su capital o de sus ingresos por cualquier otra causa justa. Para determinar dicho aumento, el capital y los ingresos del funcionario o empleado, de su conyugue y de sus hijos, se considerarán en conjunto. Los funcionarios y empleados que la ley determine están obligados a declarar el estado de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo a los incisos anteriores, dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que tomen posesión de sus cargos. La Corte tiene facultad de tomar las providencias que estime necesarias para comprobar la veracidad de la declaración, la que mantendrá en reserva y únicamente servirá para los efectos previstos en este artículo. Al cesar en sus cargos los funcionarios y empleados aludidos, deberán hacer nueva declaración del estado de sus patrimonios. La ley determinará las sanciones por el incumplimiento de esta obligación. Los juicios por enriquecimiento sin causa justa sólo podrán incoarse dentro de diez años siguientes a la fecha en que el funcionario o empleado haya cesado en el cargo cuyo ejercicio pudo dar lugar a dicho enriquecimiento… De tal forma que la constitución no solo fija un plazo, sino que determina la comprobación de la veracidad – ¡por otras instituciones!-… llama la atención la selección de exfuncionarios con filiación política de un partido, mientras sus homólogos son ignorados, así nos encontramos con doble lectura del mismo texto, situación que permite legalmente a exfuncionarios y exfuncionarias la evasión legal por prescripción… ¡sorprendente!, ¿y si prescribir fue planificado?... En todo caso una nueva ley es urgente, a menos que se faculte el nuevo derecho a los bienes ajenos al prescribir el tiempo constitucional.

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  • El mal en el siglo XXI (diferencias religiosas)

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    Es un buen momento para considerar la maldad en su expresión masiva, puesto que la población actual en diversas regiones del mundo, padece de agresiones físicas o espirituales solo comparables a la segunda guerra mundial: millones de refugiados, crímenes contra la humanidad, desprecio a la vida, violencia sin control y fuera de los tratados internacionales en conflictos bélicos, olvido de los derechos humanos en poblaciones vulnerables etc. es sintomático que la religión se convierte en la arma esgrimida para cometer atropellos contra minorías de otras creencias; las escenas de la tragedia mundial son similares a la persecución nazi contra “alemanes que profesaban el judaísmo”, ahora grupos islámicos fundamentalistas exterminan a las minorías por no pertenecer a sus creencias extremistas y ortodoxas, como en los años cuarenta las víctimas son millones de ciudadanos inocentes. El concepto del mal no es el mismo a lo largo de la humanidad, si los nazis acusaban a los “alemanes judíos” en el siglo pasado, ahora los fanáticos musulmanes acusan a todas las religiones de infieles y satánicos, parece que repetimos viejas historias.  En realidad las luchas interreligiosas son conocidas desde la antigüedad, un Dios debe imponerse a otros y las ciudades conquistadas deben perecer como sus dioses de barro, al igual que sus sacerdotes, así las creencias han sido construidas y destruidas bajo la interpretación de los gobernantes. El politeísmo da paso al monoteísmo en el transcurso de los tiempos, ésta situación no es  amigable puesto que se impone a otras creencias por la violencia, esa misma violencia que tiene carácter fundacional en toda nuestra escala histórica, tanto para combatir las herejías como para someter a todo el que no piense como la religión dominante.   El origen de la violencia religiosa en el fondo es la intolerancia hacia las minorías, construida por proyectos políticos de los gobernantes o fuerzas emergentes que coinciden en la destrucción absoluta de cualquiera que no piense como ellos, a semejanza de los nazis el mal es colectivo, no era un solo Hitler sino millones de pequeños Hitler en cada nazi que asesinaba a un alemán judío, ahora miles de fanáticos islámicos comenten las mismas acciones sin distinción alguna de inocentes, los resultados de esta conflagración ya las conocemos,  la sangre teñirá Medio Oriente y otros continentes, incluso nuestra pequeña nación vive eventos terroristas contra poblaciones civiles, cometidos por bandas criminales que realizan rituales satánicos y coinciden con los terroristas del Medio Oriente en la violencia indiscriminada contra ciudadanos indefensos, el mundo nos enseña el tratamiento a seguir, incluso internacionalizar nuestra defensa.  Me parece que “el mal conceptual religioso” debe reconsiderarse, el mal no se encuentra en las religiones sino en las personas, el mal no se encuentra en una nación o una población, se encuentra en la mentalidad de los gobernantes, sus clases poderosas, en los fanáticos que divulgan ideas supremacistas contra “los otros”, el mal religioso debe ser abandonado bajo el sinónimo de ignorancia, puesto que la ignorancia es la causa que provoca la destrucción de los pueblos; el mal se encuentra en la pobreza, enfermedades, analfabetismo, corrupción, prostitución, drogas etc… Si continuamos en ésta concepción del mal religioso, ni Dios sobrevivirá, porque un Dios sin un planeta o un pueblo es el peor signo de maldad sobre la vida… que aún tenemos.

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  • Treinta años para reconstruir el tejido social

     

    César Ramírez

    @caralvasalvador

    La sociedad política fotografiada en la Constitución de la República presupone un marco jurídico con un pacto social de nuestra vocación nacional: leyes, ordenamiento institucional, territorio, democracia etc., no obstante el surgimiento de organizaciones criminales, grupos armados y terroristas que tienen únicamente como objetivo la ilegalidad en su accionar afectan al conglomerado social y han destruido el tejido social en: barrios, colonias, sistemas educativos, etc. un fenómeno originado “posiblemente” por la guerra civil del siglo pasado. La ruptura de los valores tradicionales en nuestra sociedad es muy profunda, con solo enunciar la evolución de nuestra democracia en los últimos treinta años, tenemos un modelo educativo autoritario orientado hacia la represión y siempre la represión, negando todo valor ciudadano. A partir de los Acuerdos de Paz apenas dos décadas, el funcionamiento institucional es visible por la presencia institucional de los derechos humanos; la sociedad ha aceptado las reglas democráticas y al menos el Golpe de Estado no ha retornado, como era la norma cada diez o quince años, al final el sistema se consolida en ese capítulo del Pacto Social histórico. La historia no es la misma con el surgimiento de las bandas terroristas y su trayectoria ilegal a partir de los años ochenta y noventa, hablamos entonces de varias décadas, éstas estructuras presentan un modelo “inconstitucional” que destruye todo el tejido social teórico republicano, similar a un cáncer social, éstas bandas reproducen sus antivalores donde se insertan legal o ilegalmente; ahora se organizan desde núcleos familiares –reales o aparentes- que reclaman los servicios sociales de la comunidad legal, de esta forma coexisten en barrios junto a familias tradicionales pero sus objetivos son anti-sistema. Ahora es posible observar una segunda o tercera generación de “familias-antisistema” incrustadas en diversas comunidades, pero con el signo inocultable de su asociación terrorista, sucede entonces que ésta sociedad-antisistema suma aproximadamente miles de presidiarios y otros tantos fuera de la cárcel agrupados en núcleos familiares extensos. En este fenómeno la causa de su multiplicación no es la ausencia de la democracia, sino el vacío de una política que debió evitar este flagelo… “si buscamos culpables, seguro los encontramos”, pero la misión es una solución, en primer lugar debemos pensar en qué hacer los siguientes treinta años… ¿Acaso necesitaremos un nuevo modelo de gueto para familias terroristas? ¿Escuelas para niños antisistema?, ¿iglesias pandilleras para delincuentes de toda edad?... y muchas otras marginaciones históricas conocidas en el mundo en escalas horrorosas; los resultados son conocidos y han avergonzado a la humanidad por sus represiones violentas… ¿pero qué hacer ante esta realidad ineludible?

    En primer lugar un marco antipandillas de largo plazo, -Helio Jaguaribe anotó en su artículo: Experiencias y perspectivas del desarrollo: “La racionalidad pública es la racionalidad de tipo instrumental y de tipo interaccional, con la cual son adoptadas decisiones públicamente relevantes.”- al menos en las siguientes cinco administraciones gubernamentales, es urgente fortalecer la policía, ejército y la comunidad legal en democracia; tardaremos tres décadas para reconstruir el tejido social: barrio por barrio y familia por familia, si logramos la unión nacional sobre los intereses particulares.

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